Saludos a todos,
Estamos trabajando en la alteración de un tanque de almacenamiento de 220mBBL de acuerdo con API Std 653, con las siguientes características:
Fluido: crudo 16 grados api.
Diámetro nominal: 61.7m
Altura del cuerpo: 11.9m
Nivel de diseño: 11.4m
Techo tipo domo geodésico de aluminio.
El trabajo consiste en lo siguiente:
- Remoción de techo tipo geodésico por un techo tipo paraguas, laminas de acero ASTM A-36.
- Incluir un sexto anillo de 600mm, con lo cual la altura del cuerpo cambia de 11.9m a 12.5m.
- Reemplazo de secciones de laminas de fondo, ninguna perteneciente a la zona critica.
- Apertura de acceso (door sheet) para ingreso de equipos y reinstalación del mismo.
La razón de este hilo es que se esta estudiando exonerar la prueba hidrostática del tanque y revisando el código veo que es factible, voy a discernir:
API 653, 12.3.1 indica que se requiere de prueba hidrostática cuando:
a. Un tanque es reconstruido.
b. Cualquier tanque que sobrepase las reparaciones mayores o alteraciones mayores (véase 3.23) a menos que sea eximido por 12.3.2 para la combinación aplicable de materiales, diseño, y construcción.
c.- Un tanque donde una evaluación de ingeniería indique la necesidad de la prueba hidrostática debido a un incremento en la severidad del servicio. Los ejemplos de una severidad de servicio incrementada son un incremento en la presión de operación (tal como almacenamiento de un producto con una gravedad específica mayor). Disminución de la temperatura del servicio (ver figura 5-2), y uso de tanques dañados.
Considerando;
El punto “a” no aplica, este tanque ha sido alterado y no reconstruido.
El punto “c” no aplica, pues si bien el tanque ha aumentado la altura de su cuerpo, se han mantenido todos los parámetros de operación originales (presión de diseño, presión de operación, nivel maximo de diseño, caudales de entrada y salida, entre otros), de manera que la severidad del servicio no ha incrementado.
En cuanto al punto “b”, reviso la definición de reparaciones o alteraciones mayores, cito y comento en letra negrita y cursiva:
3.23. … alteración o reparación que incluye cualquiera de lo siguiente:
a. Instalación de una penetración en el cuerpo más grande que NPS 12 por debajo del nivel del líquido de diseño.
No aplica.
b. Instalación de una penetración en el fondo, a 12pulgadas del cuerpo.
No aplica.
c. Remover, reemplazar ó adicionar una lámina del cuerpo bajo el nivel del líquido del diseño.
El sexto anillo esta por encima del nivel de diseño, y el door sheet no cuenta. No aplica.
d. Remover o reemplazar material de la lámina del anillo anular donde la dimensión más larga del reemplazo de la lámina excede 12 pulg.
No aplica. No hay reemplazo de la placa anular.
e. Remoción completa o parcial (más de la mitad del grueso de la soldadura) y reemplazo de más de 12 pulg. de la soldadura vertical que ensamblan la láminas del cuerpo, o soldadura radial que ensambla el anillo anular de la lámina.
No aplica.
f. Instalación de un nuevo fondo. Esto no incluye los nuevos fondos en los tanques donde la fundación bajo ellos no es modificada y tampoco se encuentran las condiciones siguientes:
1. Para tanques con anillo anular, el anillo anular permanece intacto; o,
La placa anular no ha sido modificada.
2. Para tanques sin anillo anular, la alteración no incluye soldadura en el fondo existente dentro de la zona crítica. Vea 3.9 para una definición de zona crítica.
No aplica.
Nota: El trabajo descrito en 12.3.2.5 no es considerado como instalación de un nuevo fondo.
g. Quitando y substituyendo parte de la soldadura que une el cuerpo al fondo, o al anillo anular, en exceso de las cantidades enumeradas en 12.3.2.4.1a.
No aplica.
h. Alzar con gatos el cuerpo del tanque.
No aplica.
En base a lo anterior dicho, este tanque tampoco es considerado dentro de la opción “b” del párrafo 12.3.1 del estándar API 653 (tanque que haya sufrido una alteracion o reparacion mayor); por lo tanto, la prueba hidrostática puede ser exonerada.
A ver qué opinan acerca de este razonamiento. Espero conseguir respaldo o comentarios acerca de si esto es considerado una reparación mayor. Si hace falta mas informacion, la tendre a disposicion.
De ser asi, veo que hay otra manera de sustentar la exoneración y es a través de 12.3.2. Por aquí el proceso de exoneración es más trabajoso e innecesario si en efecto podemos afirmar que el tanque no ha tenido una alteración mayor.
Como datos:
- El tanque ha sido diseñado originalmente es de acuerdo con API-650.
- EL nuevo techo ha sido disenado de acuerdo con API-650 apendice F y API-620.
Luego queda el tema de las consideraciones para una prueba neumatica.
Saludos.